La salida de la UE del Reino Unido, conllevará consecuencias fiscales inesperadas para los británicos, no residentes en España. Una de las sorpresas que se encontrarán tras la salida será en la tributación del arrendamiento de propiedades situadas en España por parte de ciudadanos británicos.

En lo que se refiere a la tributación de los arrendamientos, el Impuesto de la Renta de No Residentes discrimina entre los no residentes pertenecientes a la UE y los no residentes que no pertenecen a la UE, dándoles a los primeros un trato favorecedor al permitirles deducirse gastos y aplicar un tipo reducido del 19% sobre el rendimiento de estos arrendamientos. En cambio, los no residentes que no pertenecen a la UE tributan sobre la totalidad de los ingresos, sin posibilidad de deducir ningún tipo de gasto y a un tipo general del 24%.

Con la salida de Reino Unido de la UE, los ciudadanos británicos pasarían a ser considerados no residentes de fuera de la UE. Veamos con un ejemplo el coste fiscal del Brexit para un arrendador británico:

La diferencia entre pertenecer o no a la UE supone en nuestro ejemplo 1.922 € de coste fiscal, siendo un incremento en su cuota tributaria del 50%.

María José Pintos Izquierdo. Economista.

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