El Ayuntamiento de Palma ha estado recaudando la conocida como “tasa de basuras” de manera ilegal desde 2018. En consecuencia, y ante ello, los contribuyentes tienen la posibilidad de solicitar la devolución de las cantidades satisfechas al Ayuntamiento de Palma desde 2018 hasta la actualidad por este concepto.

A continuación, se exponen:

  • Una breve explicación del porqué de esta ilegalidad.
  • La forma y el plazo para la solicitud de devolución de las cantidades satisfechas en concepto de “tasa de basuras”.
  1. ¿Por qué el Ayuntamiento de Palma ha recaudado el importe en concepto de “tasa de basuras” de manera ilegal?

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, adecuando al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, establece en su disposición final duodécima, por la que se modifica el artículo 20 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales que, “Las contraprestaciones económicas establecidas coactivamente que se perciban por la prestación de los servicios públicos a que se refiere el apartado 4 de este artículo, realizada de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta, tendrán la condición de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario conforme a lo previsto en el artículo 31.3 de la Constitución”.

Ante esta modificación legislativa, los Ayuntamientos debieron aprobar una nueva Ordenanza Municipal que regularizase todas esas “Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público no Tributario”, entre las cuales se encuentra la conocida como “tasa de basuras”.

Transcurridos más de 4 años desde la entrada en vigor de la Ley 9/2017, el Ayuntamiento de Palma no ha aprobado su Ordenanza Reguladora correspondiente, y, por ello, la recaudación de la conocida como “tasa de basuras” se ha llevado a cabo de manera ilegal.

  1. Forma y plazo para la solicitud de devolución de las cantidades satisfechas en concepto de “tasa de basuras”.

Para poder solicitar la devolución, debe rellenarse el documento que adjuntamos a la presente circular y presentarlo:

  • Bien de forma presencial o
  • Bien de forma telemática si se dispone de un certificado digital.

Estas son las oficinas de Atención presencial a la ciudadanía:

  • OAC AVINGUDES: Avenida de Gabriel Alomar, 18, 07006 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC CORT: Plaça de Santa Eulàlia, 9, 07001 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC L’ARENAL: Avenida Amèrica, 11, 07600 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC PERE GARAU: Calle de Pere Llobera, 9, 07007 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC SANT AGUSTÍ: Calle de Margaluz, 30, 07015 Palma (Illes Balears). Tfno:91 22 59 00
  • OAC SANT FERRAN: Avenida de Sant Ferran, 42, 07013 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC S’ESCORXADOR: Calle de l’ Emperadriu Eugènia, 6, 07010 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC SON FERRIOL: Calle del Cid, 8, 07198 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00
  • OAC SON MOIX: Camí de la Vileta, 40, 07011 Palma (Illes Balears). Tfno:971 22 59 00

El plazo para poder solicitar la devolución es hasta el próximo JUEVES, 30 DE JUNIO DE 2022.

PDF escrito solicitud de devolución