La deducción por descendientes y por familia numerosa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) debe ser prorrateada por partes iguales siendo indiferente a estos efectos quién opte por la tributación conjunta o que el título de familia numerosa lo mantenga exclusivamente la madre.
Así lo reconoce la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda y Función Pública en una consulta vinculante, de 27 de julio de 2017 (V2038-17), en la que también se reconoce que en el caso de matrimonios separados con custodia compartida es posible realizar la tributación conjunta con los hijos en años alternos, debiendo el otro progenitor optar por realizar la declaración individual.