A continuación, le informamos de los autos de declaración de concurso de los Juzgados Mercantiles nº 1, 2 y 3 de Palma, publicados en el BOE desde el día 2 de octubre hasta el 21 de octubre de 2019, inclusive.
BOE | CONCURSADO | JUZGADO |
03-10-2019 | Eina Urbana, S.L.U. | Nº3 |
03-10-2019 | Simondo Mallorca, S.L. | Nº3 |
04-10-2019 | Mallorca Video Producciones, S.L. | Nº3 |
04-10-2019 | Imatge Jove Centre d’Estetica, S.L. y Depiline Express Mallorca, S.L. | Nº2 |
05-10-2019 | Tonfer, S.L. | Nº3 |
07-10-2019 | Tecnaparc, S.L. | Nº2 |
08-10-2019 | Roberto Gómez Moreno | Nº2 |
09-10-2019 | In Destination Incoming, S.L.U. | Nº1 |
09-10-2019 | AB 1955 Construcciones, S.L. | Nº3 |
17-10-2019 | Uchi-Mar, S.L. | Nº3 |
21-10-2019 | Hundredrooms, S.L. | Nº1 |
Asimismo, también detallamos los autos de declaración de concurso pendientes de su publicación en el BOE, facilitados por los Juzgados de lo Mercantil n.º 1, n.º 2 y n.º 3 de Palma:
In Destination Incoming, S.L.U., con NIF. B-57551350 y con domicilio social en la calle Calçat nº 2.A. de Palma de Mallorca (01-10-2019)
Instalaciones Maes, S.L., con CIF.B07616154, domiciliada en calle Jacinto Benavente,nº 21 bajos, de Palma (20-09-2019)
Herencia de D. Francisco Enrique Lavao López, con DNI: 41.331.906S (09-01-2018)
Escribano y Escribano S.L., con CIF B-07625601 con domicilio social en la calle Club Náutico de Pescadores, Jardines de San Pedro, Pabellón B, 07014 Palma de Mallorca (07-06-2017)
Le recordamos que, en caso de que un cliente no haya pagado la/s factura/s emitida/s por usted y exista un procedimiento concursal contra él, la base imponible del IVA podrá reducirse cumpliendo una serie de requisitos. El requisito principal es que la modificación de la base imponible del IVA ha de efectuarse antes de que transcurra el plazo máximo de TRES MESES desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración del concurso, es decir, existe el plazo de tres meses para emitir la factura rectificativa y enviársela al concursado y a su administrador concursal. Después, existe el plazo de otro mes (desde la fecha de expedición de la factura) para comunicar a Hacienda dicha modificación mediante el modelo 952 telemáticamente.